Nómina y remuneraciones

Cotizaciones previsionales en Chile: tasas 2026, quién paga y cómo se declaran

Qué son las cotizaciones previsionales, cuánto paga el trabajador y cuánto el empleador en 2026 con la reforma de pensiones, los topes imponibles y cómo se declaran en Previred.

Erick Molina5 min de lectura
Respuesta directa

¿Qué son las cotizaciones previsionales y cuánto se paga en 2026?

Son los aportes obligatorios para pensión, salud y seguro de cesantía. El trabajador paga el 10% más la comisión de su AFP, el 7% de salud y el 0,6% de cesantía con contrato indefinido. El empleador paga el 2,4% de cesantía (3% a plazo fijo), el seguro de accidentes, la Ley SANNA y, desde agosto de 2026, un 3,5% por la reforma de pensiones que incluye el SIS. Se declaran y pagan hasta el día 10 del mes siguiente, o el 13 por internet.

Resumen del artículo

Puntos clave

  • Trabajador: 10% más comisión de AFP, 7% de salud y 0,6% de cesantía con contrato indefinido.
  • Empleador: cesantía de 2,4% o 3%, accidentes desde 0,90%, Ley SANNA 0,03% y reforma de pensiones 3,5% desde agosto de 2026.
  • El SIS ya va dentro del 3,5% de la reforma: no se suma aparte.
  • Topes 2026: 90 UF para AFP y salud, 135,2 UF para cesantía.
  • Plazo: día 10 del mes siguiente, o día 13 si se paga por internet; sin cotizaciones al día, el despido no produce efecto.

Las cotizaciones previsionales son los aportes obligatorios que financian la pensión, la salud y el seguro de cesantía de cada trabajador. Una parte se descuenta del sueldo y otra la paga el empleador, y desde agosto de 2026 el aporte del empleador por la reforma de pensiones llega a 3,5%. En esta guía verás cuánto se cotiza, quién paga cada parte, cómo se declaran en Previred y qué pasa si no se pagan a tiempo.

Qué son las cotizaciones previsionales

Son los porcentajes de la remuneración imponible que se destinan a la seguridad social. El empleador tiene tres obligaciones: descontar del sueldo las cotizaciones del trabajador, declararlas y pagarlas junto con las suyas en las instituciones de cada persona: su AFP, Fonasa o su Isapre, la AFC y el organismo de accidentes del trabajo (artículo 19 del DL 3.500).

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Quién paga cada cotización
CotizaciónTrabajadorEmpleador
AFP (pensión)10% más la comisión de su AFP—
Salud7% (o el plan pactado en Isapre)—
Seguro de cesantía0,6% con contrato indefinido; 0% a plazo fijo2,4% indefinido; 3% a plazo fijo
Accidentes del trabajo—0,90% básica más una adicional según la actividad
Ley SANNA—0,03%
Reforma de pensiones—3,5% desde agosto de 2026 (incluye el SIS)

Cotizaciones del trabajador en 2026

Se calculan sobre la remuneración imponible del mes, con un tope en UF. Estas tablas se actualizan solas con los indicadores vigentes:

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Descuentos legales del trabajador · octubre de 2026
DescuentoTasaTopeDestino
AFP10% + comisión de la AFP (0,46% a 1,45%)90 UF ($3.704.169)Cuenta individual del trabajador
Salud7% en Fonasa o el plan pactado en Isapre7% hasta 90 UFFonasa o Isapre
Seguro de cesantía0,6% con contrato indefinido; 0% a plazo fijo135,2 UF ($5.564.485)AFC Chile
Impuesto único0% a 40% según tramoExento hasta 13,5 UTM ($974.038,50)SII, mediante el formulario 29

Se actualiza solo con los indicadores al 14 de octubre de 2026: UF $41.157,43, UTM $72.151.

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Tasa de cotización AFP del trabajador · octubre de 2026
AFPComisiónTasa total
Uno0,46%10,46%
Modelo0,58%10,58%
Planvital1,16%11,16%
Habitat1,27%11,27%
Capital1,44%11,44%
Cuprum1,44%11,44%
Provida1,45%11,45%

Se actualiza solo con los indicadores al 14 de octubre de 2026: UF $41.157,43, UTM $72.151.

El 7% de salud está en el artículo 84 del DL 3.500. Con Isapre, el plan puede costar más que el 7%, y la diferencia también se descuenta del sueldo. Si el empleador está afiliado a una Caja de Compensación, parte del 7% de los afiliados a Fonasa va a la caja.

Cotizaciones del empleador

  • Seguro de cesantía: 2,4% con contrato indefinido y 3% a plazo fijo o por obra; baja a 0,8% con contrato indefinido desde los 11 años de antigüedad (Ley 19.728, artículo 5).
  • Accidentes del trabajo: 0,90% básica más una adicional de hasta 3,4% según el riesgo de la actividad, que fija la mutual o el ISL (Ley 16.744, artículo 15).
  • Ley SANNA: 0,03% para el seguro de acompañamiento de niños y niñas (Ley 21.063).
  • Reforma de pensiones: 3,5% desde agosto de 2026: 0,1% a la cuenta individual del trabajador, 0,9% a la cotización con rentabilidad protegida y 2,5% al Seguro Social, que incluye el seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS) y la compensación por expectativa de vida.

Para un sueldo base de $1.000.000 con gratificación y colación, los aportes del empleador quedan así:

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Aportes del empleador en el ejemplo · octubre de 2026 (sueldo base $1.000.000, AFP Modelo, Fonasa, contrato indefinido)
AporteTasaMonto
Seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS)1,78%$21.700
Seguro de cesantía (empleador)2,4%$29.259
Seguro de accidentes (tasa base)0,9% + adicional según actividad$10.972
Ley SANNA0,03%$366
Cuenta de capitalización individual0,1%$1.219
Rentabilidad protegida0,9%$10.972
Compensación por expectativa de vida0,72%$8.778
Total aportes del empleador$83.266
Costo empresa (haberes + aportes)$1.392.381

Se actualiza solo con los indicadores al 14 de octubre de 2026: UF $41.157,43, UTM $72.151.

Reforma de pensiones: el aporte del empleador sube cada agosto

La Ley 21.735 creó un aporte del empleador que sube gradualmente hasta 8,5% en 2033 (artículo cuarto transitorio). Cada etapa empieza con las remuneraciones de agosto:

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Aporte del empleador por la reforma de pensiones (Ley 21.735)
DesdeTotalCuenta individualRentabilidad protegidaSeguro Social
Agosto de 20251%0,1%—0,9%
Agosto de 20263,5%0,1%0,9%2,5%
Agosto de 20274,25%0,25%1,5%2,5%
Agosto de 20285%1%1,5%2,5%
Agosto de 20295,7%1,7%1,5%2,5%
Agosto de 20306,4%2,4%1,5%2,5%
Agosto de 20317,1%3,1%1,5%2,5%
Agosto de 20327,8%3,8%1,5%2,5%
Agosto de 20338,5%4,5%1,5%2,5%

No pagan este aporte quienes contratan a pensionados por vejez o invalidez total, a personas no pensionadas de 65 años o más, ni a mujeres de 60 años o más que optaron por la exención. Durante una licencia médica, la entidad que paga el subsidio entera el 0,1%.

Topes imponibles 2026

Las cotizaciones no se calculan sobre todo el sueldo: tienen un tope en UF que se reajusta cada año. Desde las remuneraciones de febrero de 2026, el tope es de 90 UF para AFP, salud y accidentes, y de 135,2 UF para el seguro de cesantía. La tabla de descuentos legales de arriba muestra su valor en pesos del mes.

Cómo se declaran y pagan las cotizaciones

Declaración y pago mensual de cotizaciones
  1. Calcula las liquidaciones

    Con los indicadores del mes: imponible, topes y tasas de cada institución.

  2. Genera el archivo de Previred

    Un registro por trabajador con su AFP, salud, cesantía y los aportes del empleador.

  3. Declara y paga

    Hasta el día 10 del mes siguiente, o hasta el 13 si se declara y paga por internet.

  4. Guarda los comprobantes

    Sirven para la Ley Bustos, el finiquito y los certificados de la Dirección del Trabajo.

  5. Envía el Libro de Remuneraciones

    El LRE se envía a la Dirección del Trabajo con las mismas cifras.

Si el día 10 cae en fin de semana o festivo, se corre al día hábil siguiente; el día 13 no se corre.

El plazo del día 13 para el pago electrónico rige aunque sea sábado, domingo o festivo (artículo 19 del DL 3.500). La misma regla aplica al seguro de cesantía.

Qué pasa si no se pagan a tiempo

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Consecuencias de no declarar o no pagar las cotizaciones
SituaciónConsecuenciaFuente
No declarar a tiempo, o declarar malMulta de 0,75 UF por trabajador, que aplica la Dirección del TrabajoDL 3.500, art. 19
Declarar sin pagarLa deuda se reajusta según la UF y devenga un interés mensualDL 3.500, art. 19
Sin declaración ni término de contrato informadoSe presume que se declaró y no se pagó, y comienza la cobranzaDL 3.500, art. 19
Retener las cotizaciones y no enterarlasArresto y las penas del delito de apropiación indebidaLey 17.322, arts. 12 y 13

Certificados de cotizaciones

  • Trabajador: el certificado de cotizaciones de su AFP, en el sitio de la AFP o en ChileAtiende con ClaveÚnica. Desde la reforma existe también el certificado de cotizaciones al Seguro Social.
  • Empleador: el certificado F30 de antecedentes laborales y previsionales, en Mi DT, que muestra multas y deudas previsionales.
  • Contratistas y subcontratistas: el certificado F30-1 de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, también en Mi DT.

Casos especiales

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Cotizaciones en casos frecuentes
CasoQué aplicaFuente
Contrato a plazo fijoEl trabajador no paga cesantía; el empleador paga 3%Ley 19.728, art. 5
Trabajadora de casa particularCesantía de 3% de cargo del empleador con cualquier contratoLey 19.728
Gratificación anualSe reparte entre los meses del período y se suma a cada remuneración, con el topeDL 3.501, art. 28
Personal técnico extranjeroPuede no cotizar en AFP y salud si mantiene su previsión en el extranjero y lo pacta en el contrato; sí paga accidentes y cesantíaLey 18.156
Boletas de honorariosRetención de 15,25% en 2026, que se usa para las cotizaciones en la Operación RentaLey 21.133

Revisa también cómo influye la gratificación legal en lo imponible, y la diferencia entre sueldo bruto y líquido.

Cómo calcula y declara las cotizaciones Iberoteam

En Iberoteam las cotizaciones salen de las liquidaciones del mes: cada una aplica los topes y las tasas vigentes, y desde la nómina emitida se genera el archivo para Previred, el Libro de Remuneraciones Electrónico y la DJ 1887, con las mismas cifras.

Archivo Previred en Iberoteam con renta imponible, cotización AFP, salud, seguro de cesantía y Seguro Social de cada trabajador
Archivo para Previred generado desde las liquidaciones de la demo. Datos ficticios.

Errores frecuentes

  • Sumar el SIS aparte del 3,5% de la reforma desde agosto de 2026.
  • Usar el tope equivocado: el seguro de cesantía tiene un tope mayor que la AFP y la salud.
  • Aplicar 0,6% de cesantía a un contrato a plazo fijo: en ese caso lo paga todo el empleador.
  • Declarar después del día 10 pensando que el día 13 rige también para el pago presencial.
  • Despedir con cotizaciones atrasadas: por la Ley Bustos el despido no produce efecto.
  • Olvidar los aportes del empleador al calcular el costo de contratar.

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Respuestas rápidas

Preguntas frecuentes

¿Qué son las cotizaciones previsionales?

Son los aportes obligatorios para la pensión, la salud y el seguro de cesantía. El trabajador paga la AFP, la salud y parte de la cesantía con descuentos de su sueldo, y el empleador paga el resto de la cesantía, el seguro de accidentes, la Ley SANNA y el aporte de la reforma de pensiones.

¿Cuánto se descuenta de cotizaciones previsionales?

Al trabajador, el 10% más la comisión de su AFP, el 7% de salud y el 0,6% de seguro de cesantía si tiene contrato indefinido: entre 18,1% y 19,1% de lo imponible según la AFP, con Fonasa.

¿Cuánto paga el empleador en cotizaciones?

Desde agosto de 2026, el 3,5% de la reforma de pensiones (con el SIS incluido), el 2,4% o 3% de seguro de cesantía, el 0,90% básico de accidentes más la tasa adicional de su actividad y el 0,03% de la Ley SANNA.

¿Cuándo se pagan las cotizaciones?

Hasta el día 10 del mes siguiente al de la remuneración, o hasta el día 13 si se declaran y pagan por internet. El día 10 se corre al día hábil siguiente si cae en fin de semana o festivo; el 13 no.

¿Qué pasa si el empleador no paga las cotizaciones?

La deuda se reajusta y genera intereses, la Dirección del Trabajo puede multar y las instituciones la cobran judicialmente. Además, un despido con cotizaciones impagas no produce efecto por la Ley Bustos.

¿Qué es el SIS y quién lo paga?

Es el seguro de invalidez y sobrevivencia. Lo paga el empleador y, desde agosto de 2026, forma parte del 2,5% del Seguro Social dentro del aporte de 3,5% de la reforma de pensiones.

¿Cuál es el tope imponible en 2026?

Desde las remuneraciones de febrero de 2026, 90 UF para AFP, salud y accidentes, y 135,2 UF para el seguro de cesantía.

¿Dónde obtengo mi certificado de cotizaciones?

En el sitio de tu AFP o en ChileAtiende con ClaveÚnica. El empleador acredita su situación con el certificado F30 de la Dirección del Trabajo.

¿Los trabajadores a plazo fijo pagan seguro de cesantía?

No. Con contrato a plazo fijo o por obra, el trabajador no cotiza para cesantía y el empleador paga el 3%.

¿Cuánto se retiene en las boletas de honorarios en 2026?

El 15,25%. Esa retención se usa en la Operación Renta para pagar las cotizaciones anuales de quien emite boletas.

Fuentes consultadas

  1. DL 3.500, artículos 16, 17, 19 y 84 · Biblioteca del Congreso Nacional · consultada el 13 de octubre de 2026
  2. Ley 19.728, seguro de desempleo (artículos 5, 6 y 10) · Biblioteca del Congreso Nacional · consultada el 13 de octubre de 2026
  3. Ley 16.744, seguro de accidentes del trabajo (artículo 15) · Biblioteca del Congreso Nacional · consultada el 13 de octubre de 2026
  4. Ley 21.063, seguro para el acompañamiento de niños y niñas (SANNA) · Biblioteca del Congreso Nacional · consultada el 13 de octubre de 2026
  5. ¿Cómo se distribuye la cotización de 3,5% del empleador? · Superintendencia de Pensiones · consultada el 13 de octubre de 2026
  6. Topes imponibles 2026 · Superintendencia de Pensiones · consultada el 13 de octubre de 2026
  7. Aportes del empleador al sistema de pensiones · ChileAtiende · consultada el 13 de octubre de 2026
  8. Ley 17.322, cobranza de cotizaciones · Biblioteca del Congreso Nacional · consultada el 13 de octubre de 2026
  9. Código del Trabajo, artículo 162 (Ley Bustos) · Biblioteca del Congreso Nacional · consultada el 13 de octubre de 2026
  10. Certificado F30 de antecedentes laborales y previsionales · Dirección del Trabajo · consultada el 13 de octubre de 2026
  11. Aumento gradual de la retención de boletas de honorarios · Servicio de Impuestos Internos · consultada el 13 de octubre de 2026
  12. Cotizaciones sobre gratificaciones legales · Superintendencia de Pensiones · consultada el 13 de octubre de 2026

Este contenido es informativo y no reemplaza una asesoría laboral, previsional o tributaria adaptada a los antecedentes de cada empresa y trabajador.

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Sobre el autor

Erick Molina

CEO de Iberoteam

CEO de Iberoteam, el software de remuneraciones y gestión de personas para empresas en Chile. Dirige el producto y las guías del blog, que convierten el Código del Trabajo, Previred y el SII en pasos claros para quienes pagan sueldos cada mes.

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