
Indicadores previsionales Previred: qué son y dónde ver los del mes (2026)
Qué son los indicadores previsionales que publica Previred (UF, UTM, topes imponibles, tasas de AFP, SIS, cesantía, asignación familiar e impuesto único), cuándo cambian y cómo usarlos en la liquidación.
¿Qué son los indicadores previsionales y dónde se ven los del mes?
Son los valores con que se calculan las remuneraciones y cotizaciones de un mes: UF, UTM, topes imponibles, ingreso mínimo, tasas de AFP y cesantía, SIS, asignación familiar e impuesto único. Previred los reúne cada mes en su página de indicadores previsionales, para las remuneraciones del mes anterior. La UF la fija el Banco Central, la UTM y el impuesto único el SII, y los topes la Superintendencia de Pensiones.
Resumen del artículo
Puntos clave
- Previred reúne cada mes los indicadores para pagar las cotizaciones de las remuneraciones del mes anterior.
- Los topes imponibles se pasan a pesos con la UF del último día del mes de la remuneración.
- Topes 2026: 90 UF para AFP, salud y accidentes, y 135,2 UF para el seguro de cesantía.
- La UTM cambia cada mes y define el impuesto único: exento hasta 13,5 UTM y tramos hasta el 40%.
- Desde agosto de 2026 el SIS va dentro del aporte de 3,5% del empleador por la reforma de pensiones.
Los indicadores previsionales son los valores de referencia con que se calculan las remuneraciones y las cotizaciones de un mes: la UF, la UTM, los topes imponibles, el ingreso mínimo, las tasas de las AFP y del seguro de cesantía, los aportes del empleador, la asignación familiar y la tabla del impuesto único. Previred los reúne cada mes en una sola página, pero cada uno lo fija una institución distinta y cambia con su propio ritmo.
Qué son los indicadores previsionales
Son los datos que necesita quien prepara remuneraciones para pasar del sueldo pactado a la liquidación y a la planilla de cotizaciones. Algunos están en pesos y cambian cada día o cada mes; otros están en UF o en UTM y la ley los fija por un año o hasta una nueva ley. Por eso conviene saber de dónde sale cada uno:
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| Indicador | Para qué sirve en la liquidación | Quién lo fija | Cuándo cambia |
|---|---|---|---|
| UF | Pasar a pesos los topes imponibles y otros montos en UF | Banco Central | Cada día, según el IPC del mes anterior |
| UTM | Pasar a pesos los tramos del impuesto único | SII | Cada mes, según el IPC |
| Topes imponibles | Límite de la base para AFP, salud, accidentes y cesantía | Superintendencia de Pensiones | Una vez al año |
| Ingreso mínimo mensual | Sueldo base mínimo y tope de la gratificación legal | Ley | Cuando una ley lo reajusta |
| Tasas de AFP | Descuento del trabajador: 10% más la comisión | Ley (10%) y cada AFP (comisión) | Cuando una AFP cambia su comisión |
| Seguro de cesantía | Descuento del trabajador y aporte del empleador | Ley 19.728 | Tasas fijas; el tope, una vez al año |
| SIS y Seguro Social | Aporte del empleador por la reforma de pensiones | Ley 21.735 | Por etapas, cada agosto |
| Asignación familiar | Monto por carga según el tramo de ingreso | Ley; la reconocen el IPS o la caja de compensación | Cuando una ley la reajusta |
| Impuesto único | Retención mensual sobre la renta tributable | SII | Tramos fijos en UTM; en pesos, cada mes |
Dónde ver los indicadores del mes
- Previred, en su página de indicadores previsionales: reúne en un solo lugar UF, UTM, topes, tasas de AFP, seguro de cesantía, Seguro Social, APV, rentas mínimas imponibles y asignación familiar.
- Banco Central: publica el valor diario de la UF; el SII mantiene además la tabla de la UF de cada día del año.
- Servicio de Impuestos Internos (SII): publica la UTM de cada mes y la tabla del impuesto único de segunda categoría en pesos.
- Superintendencia de Pensiones: fija los topes imponibles de cada año e informa las comisiones de las AFP y los aportes de la reforma de pensiones.
- ChileAtiende, IPS y SUSESO: informan los tramos y requisitos de la asignación familiar.
Topes imponibles y descuentos legales
Las cotizaciones no se calculan sobre todo el sueldo: tienen un tope en UF. Desde las remuneraciones de febrero de 2026, el tope es de 90 UF para AFP, salud y accidentes del trabajo, y de 135,2 UF para el seguro de cesantía. La Superintendencia de Pensiones los reajusta cada año según el Índice de Remuneraciones Reales (artículo 16 del DL 3.500 y artículo 6 de la Ley 19.728). Quienes cotizan en el IPS, en las antiguas cajas de previsión, tienen un tope de 60 UF.
Para pasar el tope a pesos se usa la UF del último día del mes de la remuneración, no la del día en que se paga. Con esa UF, los descuentos del trabajador quedan así:
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| Descuento | Tasa | Tope | Destino |
|---|---|---|---|
| AFP | 10% + comisión de la AFP (0,46% a 1,45%) | 90 UF ($3.706.078) | Cuenta individual del trabajador |
| Salud | 7% en Fonasa o el plan pactado en Isapre | 7% hasta 90 UF | Fonasa o Isapre |
| Seguro de cesantía | 0,6% con contrato indefinido; 0% a plazo fijo | 135,2 UF ($5.567.352) | AFC Chile |
| Impuesto único | 0% a 40% según tramo | Exento hasta 13,5 UTM ($974.038,50) | SII, mediante el formulario 29 |
Se actualiza solo con los indicadores al 18 de octubre de 2026: UF $41.178,64, UTM $72.151.
Tasas de las AFP
El trabajador cotiza el 10% de su remuneración imponible para su cuenta individual (artículo 17 del DL 3.500) más la comisión de su AFP, que cada administradora fija y puede cambiar. Por eso la tasa total no es igual en todas:
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| AFP | Comisión | Tasa total |
|---|---|---|
| Uno | 0,46% | 10,46% |
| Modelo | 0,58% | 10,58% |
| Planvital | 1,16% | 11,16% |
| Habitat | 1,27% | 11,27% |
| Capital | 1,44% | 11,44% |
| Cuprum | 1,44% | 11,44% |
| Provida | 1,45% | 11,45% |
Se actualiza solo con los indicadores al 18 de octubre de 2026: UF $41.178,64, UTM $72.151.
El seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS) no se descuenta al trabajador: lo paga el empleador y, desde agosto de 2026, forma parte del aporte al Seguro Social de la reforma de pensiones.
UTM e impuesto único
El impuesto único de segunda categoría se calcula con una tabla fija en UTM: la renta tributable hasta 13,5 UTM está exenta y sobre ese monto hay siete tramos, desde el 4% hasta el 40%. Como la UTM cambia cada mes, el SII publica la tabla en pesos de cada mes. La renta tributable es el total imponible menos las cotizaciones de AFP, salud y cesantía:
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| Renta tributable mensual | Factor | Cantidad a rebajar |
|---|---|---|
| Hasta $974.038,50 | Exento | — |
| $974.038,51 a $2.164.530 | 4% | $38.961,54 |
| $2.164.530,01 a $3.607.550 | 8% | $125.542,74 |
| $3.607.550,01 a $5.050.570 | 13,5% | $323.957,99 |
| $5.050.570,01 a $6.493.590 | 23% | $803.762,14 |
| $6.493.590,01 a $8.658.120 | 30,4% | $1.284.287,80 |
| $8.658.120,01 a $22.366.810 | 35% | $1.682.561,32 |
| Más de $22.366.810 | 40% | $2.800.901,82 |
Se actualiza solo con los indicadores al 18 de octubre de 2026: UF $41.178,64, UTM $72.151.
Se aplica la tabla del mes en que se pagan las remuneraciones: el impuesto grava las rentas que se perciben y lo retiene quien las paga (artículo 74 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta). La excepción son las remuneraciones pagadas íntegramente con retraso, que se ubican en el mes en que se devengaron (artículo 46).
Ingreso mínimo y tope de la gratificación
El ingreso mínimo mensual lo fija una ley. Hoy rige el de la Ley 21.830, desde el 1 de mayo de 2026, para trabajadores de 18 a 65 años; hay montos distintos para menores de 18, mayores de 65 y fines no remuneracionales. Además de ser el piso del sueldo base con jornada completa, define el tope de la gratificación legal del artículo 50 del Código del Trabajo: 4,75 ingresos mínimos al año.
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| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Ingreso mínimo mensual | Vigente desde el 1 de mayo de 2026 (Ley 21.830) | $553.553 |
| Tope anual | 4,75 × $553.553 | $2.629.377 |
| Tope mensual | $2.629.377 ÷ 12 | $219.115 |
| Sueldo desde el que se alcanza el tope | $219.115 ÷ 25% | $876.460 |
Se actualiza solo con los indicadores al 18 de octubre de 2026: UF $41.178,64, UTM $72.151.
Aportes del empleador: cesantía, SIS y reforma de pensiones
- Seguro de cesantía: 2,4% con contrato indefinido y 3% a plazo fijo o por obra; 0,8% con contrato indefinido desde los 11 años de antigüedad. El trabajador aporta 0,6% solo con contrato indefinido.
- Reforma de pensiones: desde agosto de 2026, 3,5% de cargo del empleador: 0,1% a la cuenta individual, 0,9% a la cotización con rentabilidad protegida y 2,5% al Seguro Social, que incluye el SIS. Sube cada agosto hasta 8,5% en 2033.
- Accidentes del trabajo y Ley SANNA: 0,90% de cotización básica más la adicional según el riesgo de la actividad, y 0,03% para el seguro de acompañamiento de niños y niñas.
Para un sueldo base de $1.000.000 con gratificación y colación, los aportes del mes quedan así:
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| Aporte | Tasa | Monto |
|---|---|---|
| Seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS) | 1,78% | $21.700 |
| Seguro de cesantía (empleador) | 2,4% | $29.259 |
| Seguro de accidentes (tasa base) | 0,9% + adicional según actividad | $10.972 |
| Ley SANNA | 0,03% | $366 |
| Cuenta de capitalización individual | 0,1% | $1.219 |
| Rentabilidad protegida | 0,9% | $10.972 |
| Compensación por expectativa de vida | 0,72% | $8.778 |
| Total aportes del empleador | $83.266 | |
| Costo empresa (haberes + aportes) | $1.392.381 |
Se actualiza solo con los indicadores al 18 de octubre de 2026: UF $41.178,64, UTM $72.151.
El detalle de cada tasa, los plazos de pago y las excepciones están en la guía de cotizaciones previsionales.
Asignación familiar
Es un monto mensual por cada carga reconocida (hijos, cónyuge y otras personas que cumplen los requisitos). Se paga según tramos de ingreso del trabajador: mientras más alto el ingreso, menor el monto, y sobre el último tramo no se paga. Los montos y tramos los fija la ley y se publican en Previred y en ChileAtiende.
Con trabajadores dependientes, el empleador la paga una vez al mes junto con el sueldo, después de que el IPS o la caja de compensación reconoce la carga y autoriza el pago. Luego descuenta lo pagado de las cotizaciones que entera, y si lo pagado es mayor, la institución le devuelve la diferencia (artículos 28 y 30 del DFL 150 de 1981). En la liquidación va como haber no imponible.
Otros valores que publica Previred
- Ahorro previsional voluntario (APV): tope de 50 UF al mes y 600 UF al año para el beneficio tributario.
- Depósito convenido: tope de 900 UF al año.
- Rentas mínimas imponibles: para trabajadores dependientes, menores de 18 y mayores de 65, trabajadoras de casa particular y fines no remuneracionales.
- Trabajos pesados: la cotización adicional de trabajos calificados como pesados o menos pesados.
- Distribución del 7% de salud: cómo se reparte entre la caja de compensación y Fonasa cuando el empleador está afiliado a una caja.
Cómo usar los indicadores en la liquidación
- Fija el mes de la remuneración
Los topes y tasas son los del mes al que corresponde la remuneración, y el impuesto único usa la tabla del mes en que se paga: normalmente, el mismo mes.
- Pasa los topes a pesos
Con la UF del último día del mes: 90 UF para AFP y salud, 135,2 UF para cesantía.
- Descuenta las cotizaciones
AFP con su comisión, salud y seguro de cesantía según el tipo de contrato.
- Calcula el impuesto único
Sobre la renta tributable, con la tabla en pesos del SII.
- Suma los aportes del empleador y declara
En Previred, hasta el día 10 del mes siguiente o el 13 si se declara y paga por internet.
Este es el resultado de una liquidación de ejemplo con los indicadores de este mes. El cálculo paso a paso está en la guía de liquidación de sueldo:
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Total haberes imponibles (sueldo base + gratificación) | $1.219.115 |
| Haberes no imponibles (colación y movilización) | $90.000 |
| Total descuentos (AFP, salud, cesantía e impuesto) | -$222.573 |
| Sueldo líquido a pagar | $1.086.542 |
| Costo total para el empleador | $1.392.381 |
Se actualiza solo con los indicadores al 18 de octubre de 2026: UF $41.178,64, UTM $72.151.
Errores comunes
- Usar la página de Previred del mes en curso para las remuneraciones de ese mismo mes, cuando corresponde a las del mes anterior.
- Convertir el tope con la UF del día de pago en vez de la del último día del mes de la remuneración.
- Aplicar a la cesantía el tope de AFP y salud: el del seguro de cesantía es mayor.
- Seguir con la comisión antigua de una AFP después de que la cambió.
- Sumar el SIS aparte del 3,5% de la reforma de pensiones desde agosto de 2026.
- Tratar la asignación familiar como haber imponible.
- Copiar los valores a mano en una planilla: un dígito mal escrito se arrastra a toda la nómina y al archivo de Previred.
Cómo carga los indicadores Iberoteam
En Iberoteam no hay que copiar los indicadores. La pantalla «Indicadores y tasas» publica los de cada mes desde sus fuentes oficiales: la UF de cierre del Banco Central y la UTM del SII, junto con el ingreso mínimo, los topes imponibles y el SIS según la norma vigente. Las liquidaciones del mes los usan para calcular descuentos, impuesto y aportes, y desde la nómina emitida se genera el archivo para Previred.
Herramientas gratuitas relacionadas
- Calculadora de sueldo líquido: descuentos con los topes y tasas del mes.
- Calculadora de costo empresa: el costo total con los aportes del empleador.
- Cotizaciones previsionales: quién paga cada cotización y cómo se declara.
- Liquidación de sueldo: cómo se arma y revisa cada línea.
Preguntas frecuentes
¿Qué son los indicadores previsionales?
Son los valores de referencia para calcular las remuneraciones y cotizaciones de un mes: UF, UTM, topes imponibles, ingreso mínimo, tasas de AFP y seguro de cesantía, aportes del empleador, asignación familiar y la tabla del impuesto único.
¿Dónde veo los indicadores previsionales del mes?
En la página de indicadores previsionales de Previred, que los reúne todos. La UF la publica el Banco Central, la UTM y la tabla del impuesto único el SII, y los topes la Superintendencia de Pensiones.
¿Los indicadores de Previred son del mes en curso?
No. Corresponden a las cotizaciones que se pagan en el mes, es decir, a las remuneraciones del mes anterior. En octubre, Previred muestra los indicadores de las remuneraciones de septiembre.
¿Qué UF se usa para el tope imponible?
La del último día del mes al que corresponde la remuneración, no la del día en que se paga el sueldo ni la del día en que se pagan las cotizaciones.
¿Cuál es el tope imponible en 2026?
Desde las remuneraciones de febrero de 2026, 90 UF para AFP, salud y accidentes del trabajo y 135,2 UF para el seguro de cesantía. Quienes cotizan en el IPS tienen un tope de 60 UF.
¿Cada cuánto cambian los indicadores previsionales?
La UF cambia cada día y la UTM cada mes. Los topes imponibles se reajustan una vez al año, el ingreso mínimo y la asignación familiar cuando una ley los reajusta, las comisiones de las AFP cuando una administradora las cambia y el aporte del empleador por la reforma de pensiones cada agosto.
Fuentes consultadas
- Indicadores previsionales · Previred · consultada el 13 de octubre de 2026
- Topes imponibles 2026 · Superintendencia de Pensiones · consultada el 13 de octubre de 2026
- ¿Cómo se distribuye la cotización de 3,5% del empleador? · Superintendencia de Pensiones · consultada el 13 de octubre de 2026
- Impuesto único de segunda categoría 2026 · Servicio de Impuestos Internos · consultada el 13 de octubre de 2026
- UTM y UTA 2026 · Servicio de Impuestos Internos · consultada el 13 de octubre de 2026
- Unidad de Fomento 2026 · Servicio de Impuestos Internos · consultada el 13 de octubre de 2026
- Metodología de cálculo de la Unidad de Fomento · Banco Central de Chile · consultada el 13 de octubre de 2026
- Ingreso mínimo mensual (Ley 21.830) · Dirección del Trabajo · consultada el 13 de octubre de 2026
- DL 3.500, artículos 16 y 17 · Biblioteca del Congreso Nacional · consultada el 13 de octubre de 2026
- Ley 19.728, seguro de desempleo (artículos 5 y 6) · Biblioteca del Congreso Nacional · consultada el 13 de octubre de 2026
- Aportes del empleador al sistema de pensiones · ChileAtiende · consultada el 13 de octubre de 2026
- Asignación familiar · ChileAtiende · consultada el 13 de octubre de 2026
- Ley sobre Impuesto a la Renta, artículos 42, 43, 46 y 74 · Biblioteca del Congreso Nacional · consultada el 13 de octubre de 2026
- DFL 150 de 1981, Sistema Único de Prestaciones Familiares (artículos 28 y 30) · Biblioteca del Congreso Nacional · consultada el 13 de octubre de 2026
Este contenido es informativo y no reemplaza una asesoría laboral, previsional o tributaria adaptada a los antecedentes de cada empresa y trabajador.