
Trabajo pesado en Chile: cotización adicional, quién la paga y cómo se informa
Qué es un trabajo pesado, cuánto se cotiza (4% o 2%), cómo se reparte entre la persona y el empleador, para qué sirve y cómo se informa en la liquidación, Previred y el LRE.
¿Qué es el trabajo pesado y cuánto se cotiza?
Es el puesto que la Comisión Ergonómica Nacional (CEN) califica como desgastante. Si lo califica como pesado se cotiza un 4% adicional en la AFP (2% la persona y 2% el empleador); si es menos pesado, un 2% (1% y 1%). Esa cotización permite pensionarse antes: dos años por cada cinco cotizados al 4% y un año por cada cinco al 2%.
Resumen del artículo
Puntos clave
- Lo que se califica es el puesto, no la persona, y lo hace la Comisión Ergonómica Nacional.
- Pesado: 4% adicional (2% persona y 2% empleador). Menos pesado: 2% (1% y 1%).
- Se cotiza sobre la remuneración imponible del mes, con su tope, y va a la cuenta individual en la AFP.
- Permite anticipar la pensión de vejez, con al menos 20 años de cotizaciones y sin efecto retroactivo.
- En Previred se informa en los campos 37 a 39 y en el LRE en los códigos 1154, 3154 y 4154.
Qué es un trabajo pesado
La Ley 19.404 y el artículo 17 bis del DL 3.500 definen como trabajo pesado aquel cuya realización acelera el desgaste físico, intelectual o síquico de quien lo hace y provoca un envejecimiento precoz, aunque no cause una enfermedad laboral.
Lo que se califica es el puesto de trabajo, no a la persona: si alguien cambia a un puesto que no está calificado, deja de cotizar por trabajo pesado. La calificación la hace la Comisión Ergonómica Nacional (CEN) con un dictamen, a solicitud de la persona, del empleador o del sindicato. Ese dictamen puede apelarse ante la Comisión de Apelaciones.
Cuánto se cotiza y quién la paga
- Trabajo pesado: 4% de la remuneración imponible, 2% de cargo de la persona y 2% del empleador.
- Trabajo menos pesado: la CEN puede rebajarla a 2%, 1% de cargo de cada uno.
Se calcula sobre la remuneración imponible del mes, con el mismo tope de la AFP, y se deposita en la cuenta de capitalización individual de la persona. Los días de licencia médica no cotizan trabajo pesado, porque el subsidio no es remuneración. La parte de la persona se descuenta en la liquidación de sueldo como una cotización previsional y rebaja la base del impuesto único; la del empleador es un costo de la empresa, como los demás aportes que explica la guía de cotizaciones previsionales.
Para qué sirve: pensionarse antes
La cotización adicional permite pedir una pensión de vejez anticipada. La edad legal se rebaja dos años por cada cinco años cotizados al 4% y un año por cada cinco años cotizados al 2%, con un máximo de diez años. Además se exigen al menos 20 años de cotizaciones en cualquier régimen.
La rebaja depende de los años en que efectivamente se pagó la cotización adicional: según la Dirección del Trabajo, no se aplica en forma retroactiva a los años anteriores a la calificación del puesto.
Cómo se informa
En la liquidación
La parte de la persona aparece como un descuento previsional propio; la del empleador, en los aportes del empleador.
En Previred
- Campo 37: el nombre del puesto calificado.
- Campo 38: la tasa total (4% o 2%).
- Campo 39: el monto total, es decir, la suma de la parte de la persona y la del empleador.
En el Libro de Remuneraciones Electrónico
- Código 1154: el puesto de trabajo pesado.
- Código 3154: la cotización de cargo de la persona, dentro de los descuentos previsionales.
- Código 4154: el aporte del empleador.
Errores frecuentes
- Cotizar trabajo pesado sin dictamen de la CEN, o seguir cotizando después de que la persona cambió de puesto.
- Cargarle a la persona la parte del empleador.
- Calcular la cotización sobre el subsidio de una licencia médica.
- Informar la tasa en Previred sin el nombre del puesto en el campo 37: el formato los pide juntos.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la cotización de trabajo pesado?
Un 4% de la remuneración imponible si el puesto es pesado (2% la persona y 2% el empleador) y un 2% si es menos pesado (1% y 1%).
¿Quién califica un trabajo como pesado?
La Comisión Ergonómica Nacional, con un dictamen sobre el puesto de trabajo. Pueden pedirlo la persona, el empleador o el sindicato, y el dictamen se puede apelar.
¿Cuántos años antes me puedo pensionar?
Dos años por cada cinco cotizados al 4% y un año por cada cinco cotizados al 2%, con un máximo de diez años y al menos 20 años de cotizaciones.
¿Se cotiza trabajo pesado en los días de licencia médica?
No. Se calcula sobre la remuneración imponible del mes; el subsidio de la licencia no es remuneración.
¿Qué pasa si cambio de puesto?
Si el nuevo puesto no está calificado, se deja de cotizar por trabajo pesado desde ese cambio. Los años ya cotizados siguen contando para la rebaja de edad.
Fuentes consultadas
- DL 3.500, artículos 17 bis y 68 bis · Biblioteca del Congreso Nacional · consultada el 22 de octubre de 2026
- Nuevo sistema de trabajos pesados, Ley 19.404 · Dirección del Trabajo · consultada el 22 de octubre de 2026
- Ord. 1296/107: rebaja de edad y cotización adicional · Dirección del Trabajo · consultada el 22 de octubre de 2026
- Calificación de trabajo pesado y apelación · Superintendencia de Pensiones · consultada el 22 de octubre de 2026
- Compendio de Pensiones, De las cotizaciones y aportes · Superintendencia de Pensiones · consultada el 22 de octubre de 2026
- Pensión de vejez anticipada por realizar trabajos pesados · ChileAtiende · consultada el 22 de octubre de 2026
Este contenido es informativo y no reemplaza una asesoría laboral, previsional o tributaria adaptada a los antecedentes de cada empresa y trabajador.