Guía paso a paso

Cómo registrar un aviso de incumplimiento o un informe de hechos para prestadores, EOR y EST

A prestadores y a personas de un EOR o de una EST no se les amonesta: la empresa registra un aviso de incumplimiento del contrato o un informe de hechos para su empleador.

Actualizado el Para administraciónPlan Empresa

Respuesta breve

En la ficha de un prestador la sección se llama «Incumplimientos del contrato»: pulsa «Registrar incumplimiento», indica la cláusula, «Qué se solicita» y el «Plazo para corregir», y pulsa «Emitir aviso». Para EOR y EST la sección es «Informes al proveedor» o «Informes a la EST»: emites un «Informe de hechos», lo envías a su empleador y lo anotas con «Registrar envío».

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Paso a paso

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    Abre la ficha de la persona en la sección de su vínculo.

    Ocupa el lugar de «Amonestaciones»: «Incumplimientos del contrato» para un prestador, «Informes al proveedor» para EOR e «Informes a la EST» para una persona de una EST.

  2. 2

    Prestador: pulsa «Registrar incumplimiento».

    Cita la «Cláusula del contrato», describe «Qué no se cumplió» con fechas, indica «Qué se solicita» para cumplir y el «Plazo para corregir»: el que fija el contrato o, si no fija uno, uno razonable. Pulsa «Continuar al aviso».

  3. 3

    Pulsa «Emitir aviso».

    La persona lo recibe en Mi trabajo y en su correo, puede responder y acusa recibo. El aviso no usa vocabulario laboral.

  4. 4

    EOR o EST: pulsa «Registrar hechos» y completa el informe.

    Describe los hechos. El destinatario viene de la ficha: el «Proveedor EOR» o la «Empresa de servicios transitorios»; corrígelo si va a otra razón social. Para una persona de una EST puedes indicar la falta del reglamento de la empresa, que la rige. Pulsa «Continuar al informe» y luego «Emitir informe».

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    Envía el PDF y pulsa «Registrar envío».

    El informe queda en la carpeta de la persona; no lo ve en Mi trabajo. Envíalo a su empleador y anota cómo: «Por correo», «En papel» u «Otro medio». El empleador decide si hay sanción.

Por qué no se amonesta

Un prestador no tiene relación laboral ni reglamento interno: amonestarlo es indicio de subordinación (arts. 7 y 8 del Código del Trabajo). Corresponde un aviso de incumplimiento del contrato, con plazo para corregir.

En EOR y EST el empleador legal es el proveedor EOR o la EST: la empresa informa los hechos y es ese empleador quien decide si sanciona (arts. 183-A y 183-X del Código del Trabajo). La persona de una EST queda sujeta al reglamento interno de la empresa usuaria; por eso el informe puede citar una de sus faltas.

Para personas con contrato de trabajo en Chile, ver cómo registrar una amonestación.

Preguntas frecuentes

¿Cómo anulo un aviso o un informe emitido por error?

Igual que una amonestación: «Anular» con su motivo. El documento queda archivado como «Anulado» en la carpeta de la persona; nada se borra.

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