Respuesta breve
En Personas › «Amonestaciones», o en la ficha de la persona, pulsa «Registrar hechos», completa «Fecha de los hechos», «La empresa los conoció el», «Qué pasó» y la «Falta del reglamento», y pulsa «Continuar a cargos». En el panel «Emitir comunicación de cargos» eliges cómo la recibirá y quién firma por la empresa. Al emitirla, la persona tiene un plazo para responder antes de que se decida.
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Paso a paso
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Abre Personas › «Amonestaciones» y pulsa «Registrar hechos».
También puedes hacerlo desde la ficha de la persona, en su sección «Amonestaciones». La lista de Personas reúne los casos de toda la empresa, ordenados por el plazo más próximo.
- 2
Elige a la persona y completa «Fecha de los hechos» y «La empresa los conoció el».
La segunda fecha cuenta para la antigüedad máxima: si la empresa conoció los hechos hace más de 30 días, o del plazo que fije su reglamento, el panel lo avisa y no se podrán comunicar cargos. Si eliges a un prestador, el panel registra un aviso de incumplimiento del contrato, no una amonestación.
- 3
Describe en «Qué pasó» los hechos concretos.
Qué, cuándo, dónde y quién lo vio, sin calificar a la persona («irresponsable», «flojo» no son hechos). El lugar va en «Dónde ocurrió», que es opcional.
- 4
Elige la «Falta del reglamento».
La lista trae las faltas de la versión del reglamento interno vigente en la fecha de los hechos, con su tipo, su gravedad y las sanciones que admite. Las conductas de la Ley Karin no aparecen: se sancionan después de su investigación. Si la falta está redactada en términos generales, el panel te pide describir los hechos con detalle.
- 5
Si los hay, agrega «Testigos» y «Respaldos».
Ambos son opcionales: hasta cinco testigos con nombre y cargo, y documentos de la carpeta de la persona, como marcas de asistencia, correos o fotos.
- 6
Pulsa «Continuar a cargos», o «Guardar borrador» para terminar después.
El borrador queda en la lista con la acción «Emitir». La persona no ve los borradores.
- 7
En el panel «Emitir comunicación de cargos», elige cómo la recibirá.
«En la app y su correo personal»: la ve en Mi trabajo, en la página de su caso, le llega el PDF a su correo y responde ahí mismo. «En papel, hoy»: la imprimes y se la entregas hoy; el plazo para responder corre desde hoy. En «Firma por la empresa» eliges quién firma, y con «Ver documento» revisas el PDF antes de emitir.
- 8
Pulsa «Emitir comunicación de cargos».
El documento queda en la carpeta de la persona y el caso pasa a «Esperando descargos», con la fecha límite para responder: la fija el procedimiento del reglamento (3 días hábiles si no dice otra cosa). La comunicación no es una sanción: se decide después.
Reglas que aplica Iberoteam
- Solo se amonesta por una falta del reglamento interno vigente en la fecha de los hechos. Sin un reglamento con faltas registradas, no se puede comunicar cargos.
- Las conductas de la Ley Karin no aparecen en la lista: se sancionan después de su investigación.
- Los hechos que la empresa conoció hace más de 30 días, o del plazo que fije su reglamento, no se pueden comunicar.
- Un mismo hecho se sanciona una sola vez: con otra sanción por la misma persona, falta y fecha, la app lo rechaza.
- Un documento emitido no se edita. Si hubo un error, el caso se anula con su motivo y se registra de nuevo.
Antes de empezar
Las faltas y su procedimiento (plazo de descargos, quién resuelve, antigüedad máxima) se registran con el reglamento interno: ver cómo registrar el reglamento interno y entregarlo a cada persona.
Qué sigue
Cuando la persona responde o vence su plazo, decides y entregas la decisión: ver cómo resolver y entregar una amonestación. Lo que ve la persona está en cómo responder una comunicación de cargos.
Preguntas frecuentes
¿Puedo amonestar sin reglamento interno?
No. La amonestación solo procede por una falta tipificada en el reglamento interno vigente, con su procedimiento. Si no había un reglamento vigente en la fecha de los hechos, el panel lo dice y no deja continuar.
¿La persona ve el borrador?
No. Solo ve el caso cuando emites la comunicación de cargos. Los avisos de la campana, el correo y WhatsApp no dicen de qué se trata: la invitan a revisar un documento en la app.
¿Hay que enviar copia a la Inspección del Trabajo?
La ley no lo exige para la amonestación. Si el reglamento de tu empresa lo prevé, forma parte de su procedimiento y debes hacerlo fuera de Iberoteam.
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