La denuncia de palabra también vale
Una denuncia de acoso sexual, acoso laboral o violencia en el trabajo puede presentarse por escrito o de palabra. Si es de palabra, quien la recibe levanta un acta con los mismos datos que una denuncia escrita, la persona la firma y recibe una copia con la fecha y la hora (art. 211-B bis del Código del Trabajo; DS 21 de 2024, arts. 11 y 12).
Cómo levantar el acta
- Busca un lugar privado y explica que la denuncia es reservada, pero no anónima.
- Escribe con las palabras de la persona, sin interpretar ni calificar los hechos.
- Anota fechas, lugares y quiénes lo vieron, si los recuerda.
- Lee el acta en voz alta antes de firmar y corrige lo que la persona pida.
- Entrega una copia firmada y guarda la original con reserva.
Lo que viene después
La recepción del acta inicia los plazos: medidas de resguardo de inmediato y, dentro de 3 días hábiles, investigar e informar a la Dirección del Trabajo, o derivar la denuncia. Si la persona denunciada representa a la empresa, o si quien denuncia lo pide, la denuncia se deriva a la DT.